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SERSA

PREGUNTAS FRECUENTES

En SERSA, nos preocupamos por ofrecerles siempre un mejor servicio. Por eso queremos contarle que atender sus dudas, consultas y reclamos relacionados a nuestro servicio, será más rápido y sencillo.

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Llámenos y estaremos encantados de ayudarlo.

(042)558474 Lunes - Viernes: 8AM - 1PM || 3PM - 6PM Sabado: 8AM - 12M atencionalusuario@sersa.com.pe
  • Porque la facturación de Alumbrado Público corresponde las áreas comunes de la ciudad y no únicamente a la calle donde se ubica su predio.
  • El cobro de Alumbrado Público se factura en base a una escala establecida por el Ministerio de Energía y Minas en función al consumo del cliente.
  • La empresa está autorizada a aplicar un interés y un recargo por mora desde el día siguiente de la fecha de vencimiento de la factura que no haya sido cancelada.
  • El interés Compensatorio se cobra desde la fecha de vencimiento hasta su cancelación y es equivalente al promedio aritmético entre la Tasa Activa Promedio en Moneda Nacional (TAMN) y Tasa Pasiva Promedio en Moneda Nacional (TIPMN) vigente al momento de su aplicación. El recargo por mora se cobra a partir del décimo día posterior a la fecha de vencimiento hasta el día de cancelación, por el equivalente al 15% del interés (art. 176 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y su modificación 011-2003-EM del 21 de Marzo del 2003.
  • Para evitar los intereses debe cancelar hasta la misma fecha de vencimiento, pues a partir del día siguiente se generan dichos cargos sobre la deuda.
  • Es el área donde se atiende los reclamos por teléfono, sea por falta de servicio domiciliario o en el sector, falta de alumbrado publico, denuncias por hurto de energía, reclamos por consumo elevado, y además de otras consultas relacionado al servico de suministro de energía.
  • El motivo de la llamada.
  • Número de Suministro o contrato que figura en su recibo de luz (parte superior del lado derecho).
  • Nombre de la Persona que está realizando la llamada.
  • El número de teléfono como referencia.
  • Referencias de la zona.
  • Nombre y Apellido de la Operadora.
  • Las acciones específicas que van a efectuar, informar si la interrupción es programada o no programada.
  • El tiempo de la atención de su requerimiento.
  • En el caso que la interrupción afecte sólo al predio por el cual se genera la llamada, se indica al usuario el tiempo estimado para atenderlo. (4 horas dentro de ese lapso nuestro personal técnico lo estará atendiendo).
  • Culminando el trabajo de campo, se emite el acta de conformidad de atención dejando una copia para su firma, al cliente o tercero con legítimo interés, si el interesado no estuviera en su predio dejarán esta copia por debajo de la puerta.
  • De acuerdo a las normas establecidas por SERSA, el técnico no esta permitido realizar maniobras cuando el problemas esta dentro del domicilio, por lo que se lo sugiere al cliente que verifique su problema interno con su electricista particular.
  • Se informa al cliente si la interrupción es por falta de servicio en el sector es programada o no programada.
  • Si es programada le informamos al cliente el tiempo que se estará restableciendo el servicio de acuerdo a la publica que ha sido emitida por lo medios de comunicación.
  • No es programada el tiempo para la atención del personal técnico de emergencia encargados de la líneas de media tensión es no mayor a 4 horas.
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